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Ley Olimpia: incorpora la figura de violencia digital

Introduce cambios para garantizar la protección de los derechos digitales de las mujeres. La ley Olimpia aborda los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios online y la difusión sin consentimiento de cualquier contenido íntimo.

El Congreso de la Nación sancionó la Ley Olimpia, que introdujo una serie de modificaciones a la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres. Con esta nueva norma se busca abordar la creciente amenaza de la violencia digital contra las mujeres.

La legislación introduce cambios significativos para garantizar los derechos digitales de las mujeres y prevenir la violencia de género en el espacio virtual. Entre las modificaciones clave, se destaca la incorporación del concepto de Violencia Digital. Una forma de agresión que afecta la vida, la integridad y la dignidad de las mujeres en el ámbito digital.

Ley Olimpia, contra la violencia digital hacia las mujeres.

Principales puntos de la Ley Olimpia:

  • Derechos Digitales: Se incorpora un nuevo inciso que reconoce y protege los derechos y bienes digitales de las mujeres. Así como su participación en el espacio digital.
  • Respeto en el Espacio Digital: Se modifica la ley para garantizar el respeto a la dignidad, reputación e identidad de las mujeres, incluso en los espacios digitales.
  • Violencia Digital: Se establece la definición de violencia digital por razones de género. Cometida a través de tecnologías de la información y la comunicación, con el propósito de causar daños físicos, psicológicos, económicos, sexuales o morales.
  • Contención: Se implementará un servicio multisoporte, telefónico y digital gratuito. Brindará contención, información y asesoramiento sobre recursos disponibles para prevenir la violencia contra las mujeres.
  • Promoción de la Alfabetización: Se promoverán programas de alfabetización digital y buenas prácticas en el uso de tecnologías en el ámbito educativo y en la formación docente.
  • Prohibición de Contacto Digital: Se podrá ordenar la prohibición de contacto del presunto agresor hacia la mujer, a través de cualquier tecnología de la información y la comunicación.
  • Supresión de Contenidos: Las empresas de plataformas digitales podrán ser ordenadas a suprimir contenidos que constituyan violencia digital. Con medidas para asegurar los datos informáticos relacionados.

Olimpia, el nombre de la ley

La legislación lleva este nombre por la activista Olimpia Coral Melovíctima de la difusión de imágenes íntimas en México. Su lucha se convirtió en un ícono contra la violencia digital en América Latina al impulsar leyes que condenen este delito.

En Argentina la normativa fue sancionada el pasado 10 de octubre. Busca la incorporación de la violencia digital como delito en el Código Penal. De modo que se sancione a aquellas personas que difunden material íntimo sin consentimiento, aquellos que suben el material y aquellos que lo difunden.

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