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GOBERNADOR LOPEZ: FIESTA PROVINCIAL DEL PAN

Incripción para candidatas a reina de la Fiesta Provincial del Pan. La Inscrpción es virtual o presencial. 

Info 3754-415321 Lic. Pamela Ujeika

REGLAMENTO ELECCIÓN PROVINCIAL DE
LA REINA DEL PAN

ART. 1. La elección de la
reina provincial del pan se efectuará entre las candidatas departamentales de
la Provincia de Misiones que participen de la fiesta.

ART 2. Podrá participar del
certamen, toda persona de sexo femenino que reúna la totalidad de los
siguientes puntos a ser tenido en cuenta.

a)      Tener
la edad 16 (dieciséis) a 24 (veinticuatro) años inclusive a la fecha señalada
para la elección. (En caso de ser menor de edad se necesita autorización
expresa -por escrito- de por los menos uno de los progenitores).

b)     Medir
como mínimo 1.65 m de altura.

c)      Ser de estado
civil soltera, y preferentemente no tener hijos.

d)     Encontrarse
cursando o haber aprobado el ciclo escolar de Educación

Secundaria.

No podrán
participar quienes hayan sido electas reinas o princesas de la fiesta
provincial del Pan, ni quienes sean reinas actuales de fiestas provinciales y/o
nacionales de otra índole.

Las postulantes deberán
presentar ficha de inscripción foto tamaño 20×30 cm, y fotocopia de primera y
segunda hoja del DNI.

ART 3. Se estable como fecha
para la elección proclamación y el día que Ja Comisión Directiva Organizadora
de la Fiesta Provincial del Pan previamente lo determine.

ART 4. Previa a la elección, las participantes se reunirán con miembros del jurado en un lugar a determinarse
previamente, Y horario que la comisión así lo decía los que tendrán ocasión de
apreciar más de cerca las cualidades personales de cada una de las jóvenes
concursantes y/o conversar con las mismas. Las que además deberán capacitarse
acerca de los antecedentes históricos de nuestra comunidad (Gobernador G.
López) y los motivos que derivaron a la realización de la Fiesta Provincial del
Pan.

ARTS. Cada aspirante se presentará
con un acompañante, que será su representante ante la comisión y competirá con
la aspirante la responsabilidad de que tanto la institución como postulante
cumplan con los requisitos establecidos, debiendo asimismo comprometerse, antes
del certamen cumplimentar en tiempo y forma con la documentación requerida, y
presentarse el día y horario establecido.

ART 6. La comisión organizadora se compromete a
proveer las comodidades necesarias (vestuario y refrigerio) para la
participante y su representante mientras se desarrolle el evento. Los gastos de
vestimenta de cada participante, y demás gastos erogaciones y/o consumos de
bienes y/o servicios, tanto de la participante como de su acompañante, serán
por cuenta y cargo exclusivo de la postulante.

ART. 7. Las documentales y
las fichas de inscripción deberán ser presentadas, por formato físico y/o
digital al correo electrónico: fiestadelpanl@gmail.com previo a la elección de
reina de esa edición de la Fiesta Provincial del Pan (sin excepción).

ART. 8. La candidata participará de todos los actos

programados por la comisión tales como ensayos agasajos, presentaciones,
conferencias de prensa y/o demás actividades propuestas ocasionalmente.

ART 9. En la noche de elección las postulantes
deberán desfilar con ropa sport elegante y vestido de noche largo zapatos de
vestir.ART 10. La elección se efectuará por votación secreta considerando la belleza

del rostro el encanto personal, su figura, personalidad la cultura general y
los conocimientos que exhiba referente al producto y la región del PAN y
conocimiento de la Localidad de Gobernador G. López, etc. La elección del
jurado es inapelable y la postulante que obtenga mayor puntaje será consagrada
por esa edición REINA PROVINCIAL DEL PAN. En sentido decreciente la cantidad de
votos consagrara respetivamente primera y segunda princesa.

ART 11. El jurado estará integrado por personas que
no tengan vinculación con ninguna de las participantes y serán designados por
la comisión organizadora.

ART 12. La postulante que resultare elegida Reina
Provincial del pan, está comprometida a representar a su fiesta en los eventos
que la comisión determine y le sean comunicados durante el trascurso de su
reinado, asumiendo la reina el compromiso de disponer del tiempo que fuera
necesario en cada oportunidad y de los permisos correspondientes para viajar al
exterior.

ART 13. En caso de : 1) No
mantener la moral y la buena conducta -estar procesada por la comisión de algún
delito- 0 2) adquirir estado de gravidez al momento de la elección cesará
automáticamente el reinado correspondiendo suceder el título y los atributos a
la primera princesa.

ART 14.- Son atributos de la reina provincial del pan
; corona banda y cetro los atributos de la reina quedaran depositados en el
lugar donde así lo disponga la comisión directiva organizadora a los efectos de
ser utilizados cada vez que fuese necesario

ART 15.- LAS PARTICIPANTES QUE
RESULTEN ELECTA REINA PROVINCIAL O PRINCESA NO PODRAN COMPETIR EN FIESTAS DEL ORDEN
PROVINCIAL O NACIONAL por el tiempo que dure el mandato.

ART 16. LA COMISION ORGANIZADORA NI LA MUNICIPALIDAD
GOBERNADOR G. LOPEZ no se responsabilizarán en absoluto, por perdidas de
objetos, ni accidentes que pudieran sufrir las postulantes, y/o sus
acompañantes, antes, durante y/o después del desarrollo de la fiesta.

ART 17.- Queda a criterio de la comisión organizadora la consideración de
cualquier circunstancia o aspecto que no esté explícitamente establecida en el presente
reglamento. Inscripción determinara la aceptación del presente del presente
reglamento.

-Dado
sellado y firmando por las autoridades de la Comisión Directiva Organizadora de
la Fiesta Provincial del Pan, en la
localidad de Gobernador G. López (Mnes) en fecha 01 de julio 2022.

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