DNU de Nación: Aclaran que sigue siendo obligatorio el seguro y la VTV para circular

El DNU no modifica la Ley Nacional de Tránsito. Hubo confusión a raíz de las reformas que introduce al sistema registral automotor, porque no menciona ni la VTV ni el seguro de Responsabilidad Civil.

La Verificación Técnica Vehicular (VTV) y el seguro automotor siguen siendo obligatorios para circular. El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de Nación no modifica la Ley de Tránsito 24.449, que establece la obligatoriedad de ambos requisitos.

El técnico en seguridad vial, Rubén Tamis, aclaro en Canal 12 que “el registro automotor no tiene nada que ver con la circulación”. Es decir, para circular se necesita la licencia de conducir, cédula de identificación, seguro y la VTV.

Confusiones tras el anuncio del DNU

Las dudas surgieron a partir de que el DNU 70/2023, publicado el jueves en el Boletín Oficial, sustituye el artículo 22 del Decreto-Ley Nº6582/58 ratificado por la Ley N°14.467.

Según el DNU, “La cédula, la licencia para conducir y el comprobante de pago de patente son los únicos documentos exigibles para circular con el automotor. Y las autoridades provinciales o municipales no podrán establecer otros requisitos para su uso legítimo”.

Por ello, es “obligatorio exhibir esos documentos a la autoridad competente, pero no podrán ser retenidos si no mediare denuncia de hurto o robo del automotor u orden de autoridad judicial”, señala la legislación.

Al no hacer referencia a la VTV y el seguro de responsabilidad civil, la VTV se convirtió en tendencia en redes sociales. Muchos usuarios interpretaron que la verificación y el seguro dejaban de ser obligatorios para circular.

No obstante, las reformas introducidas al sistema registral del automotor y los motovehículos, por el nuevo DNU, están basadas en el régimen vigente, que pide la misma documentación, sin hacer referencia a la VTV y el seguro.

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