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Posadas refuerza el control sobre residuos: el cuidado ambiental es una obligación legal

El cuidado del ambiente en Posadas no es solo una consigna, sino una obligación establecida por ley. El Honorable Concejo Deliberante de Posadas reiteró la plena vigencia de la Ordenanza VI – N° 29, que regula la gestión integral de residuos sólidos urbanos y fija sanciones severas para quienes incumplan la normativa.

Desde el cuerpo legislativo remarcaron que la disposición busca fortalecer la concientización ciudadana y, al mismo tiempo, endurecer el control sobre conductas que impactan de manera directa en la salud pública y el ambiente.

Qué establece la ordenanza

La norma determina que toda persona que genere residuos debe separarlos en origen, almacenarlos de manera diferenciada y disponerlos correctamente según su tipo.

Los residuos se clasifican en:

  • Inorgánicos reciclables

  • Orgánicos compostables

  • Desechables

  • Voluminosos

  • Verdes

  • Peligrosos domiciliarios

En el caso de edificios bajo régimen de propiedad horizontal, la responsabilidad alcanza tanto a propietarios como a poseedores y consorcios.

Multas, clausuras y cursos obligatorios

El incumplimiento es considerado falta grave y puede derivar en multas que van de 60 a 1.000 Unidades Fijas (UF). Desde agosto del año pasado, el valor de la UF es de 1.565 pesos, monto equivalente al litro de nafta de mayor octanaje informado por el Automóvil Club Argentino.

Además de la sanción económica, la normativa contempla:

  • Clausuras de hasta 30 días.

  • Obligación de asistir a un curso de educación ambiental dictado por la Dirección General de Ambiente, GIRSU y Cambio Climático.

En caso de primera infracción, si el responsable realiza el curso, la multa puede reducirse en un 50%. Si existe reincidencia, la sanción puede incrementarse hasta el doble del mínimo y del máximo previsto.

Arrojar residuos en baldíos o riberas: falta grave

Depositar residuos en baldíos, riberas, cauces de ríos, desagües, espacios públicos o zonas adyacentes constituye una infracción grave. También se sanciona arrojar escombros, animales muertos o cualquier elemento que pueda afectar a terceros o al entorno.

La ordenanza penaliza además:

  • Disponer residuos voluminosos, verdes o peligrosos en lugares no autorizados.

  • Dañar contenedores, Ecopuntos y Puntos Limpios.

  • No respetar la separación en origen.

  • Transportar residuos sin habilitación municipal.

En estos casos, puede procederse al secuestro de los vehículos o elementos utilizados para cometer la infracción.

Faltas leves

Entre las faltas leves se encuentran sacar residuos fuera de los días u horarios establecidos, no utilizar bolsas adecuadas o disponerlos incorrectamente en frentes de inmuebles y espacios públicos.

Estas conductas obligan a asistir a un curso de educación ambiental. Si el infractor es una persona jurídica, deberá concurrir un accionista o director titular. En caso de incumplimiento, se podrá aplicar una multa de entre 60 y 500 UF, además de otras sanciones previstas.

Desde el Concejo Deliberante subrayaron que la normativa no solo busca sancionar, sino promover un cambio cultural en la gestión de residuos, apelando a la responsabilidad individual como eje central de una ciudad más limpia, ordenada y sostenible.

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