Desconcierto: el Programa de Incremento Exportador no contiene a la yerba
Desconcierto. Después de un anuncio inicial que beneficiaba a las cuatro principales economías de Misiones, la yerba mate quedó fuera del programa de incremento exportador anunciado por Sergio Massa. El ministro sorprendió hoy con la reglamentación del decreto, que dejó fuera a la yerba mate. No hubo explicaciones, pero en la Provincia apuntan a Matías Tombolini, por el plan Precios Justos, en el que muchas marcas de yerba prefieren no estar, para poder cubrirse ante el aumento de la materia prima.
Tras una decisión tomada de manera unilateral por el ministro de Economía, Sergio Massa, finalmente la yerba mate quedó fuera Programa de Incremento Exportador (PIE) conocido como “dólar agro”, a pesar de que se mantienen otras industrias provinciales, como la tabacalera y la forestal. Sin embargo, en el sector maderero advierten que “nadie consigue inscribirse en AFIP para dolar exportador del sector foresto industrial“.
“No tenemos información de cuál es la razón por la cual AFIP, no tiene aún habilitada la caracterización ” Economías Regionales “(figuran en el Anexo II del Dto 194/23) para realizar la adhesión a través del servicio “Sistema Registral”. Sigue apareciendo una sola opción la 559 : Soja y derivados“, contó una ejecutiva del sector.
“El tiempo pasa rápido y en la foresto industria desde que se recibe un pedido hasta que se despacha don de 60 a 90 días El decreto puse vencimiento el 31 de agosto dólar madera y esta situación no permite planificación de ventas a mediano plazo”, cuestionó.
Según informaron fuentes consultadas por Economis, el Gobierno de Misiones ya se encuentra gestionando a través de todos los canales, para revertir esta resolución que afecta a un importante sector productivo de la Provincia.
La Secretaría de Agricultura dio a conocer el listado de más de 650 productos de economías regionales alcanzados los beneficios del programa y ratificó los requisitos que deberán cumplir quienes deseen incorporarse a la iniciativa.
Allí se especifica que los actores de las economías regionales que deseen adherirse al Programa de Incremento Exportador deberán:
-Exportar las mercaderías cuyas posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) se consignan en el Anexo de la Resolución
-Haber exportado en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia del Decreto N° 194 de fecha 9 de abril de 2023 esas mercaderías consignadas en el citado Anexo.
-Mantener o incrementar durante la vigencia del Programa de Incremento Exportador la cantidad de puestos de trabajo registrados.
-Abastecer el mercado local con las mercaderías consignadas en el mencionado Anexo, manteniendo o incrementando los volúmenes.
-Cumplir los acuerdos de precios para el mercado local que al respecto establezca la Secretaría De Comercio del Ministerio de Economía.
Este último punto es el que, entienden en el sector, dejó fuera a la yerba mate.
La medida se formalizó a través de la resolución 138/2023, publicada hoy en el Boletín Oficial, en cuyo anexo se detallan las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur (NMC) entre los que se destacan diferentes especies de peces y productos de la pesca, miel, hortalizas y frutos secos, legumbres, limones y su aceite natural, uvas y pasas, cerezas, ajos, arándanos, té, maní y su aceite, maíz pisingallo, ceras vegetales, aceite de oliva, extracto de carne bovina, aceite de jojoba, vinos, tabaco, productos de forestación, harina de carne y otros.
En los considerandos de la resolución se sintetizan las mercaderías consignadas en el anexo de 16 páginas como las derivadas de “las actividades vitivinícola, olivícola, apícola, pesquera, forestoindustrial, lanera, como así también de la producción de legumbres, ajo, té, maní, tabaco, limón, frutas – tales como la cereza, la ciruela y el arándano- y productos especiales que se destinan al mercado externo casi con exclusividad como el maíz pisingallo, el girasol confitero y los productos que revistan la condición de ecológicos, biológicos u orgánicos debidamente certificados y autorizados por el organismo competente”.
“Resulta relevante entender la heterogeneidad registrada en la productividad, inserción en el mundo y matriz productiva de las distintas cadenas, a los fines de establecer los requisitos y condiciones para la adhesión al programa”, indicó la resolución en sus considerandos.
La medida confirma los requisitos que deberán cumplir los interesados como haber exportado las mercaderías detalladas en el anexo en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia del decreto 194 del 9 de abril último, así como asumir el compromiso de mantener o incrementar la cantidad de puestos de trabajo.
También deben comprometerse a abastecer el mercado local con esas mercaderías, debiendo mantener o incrementar los volúmenes de abastecimiento que registrare en los 18 meses anteriores a la vigencia del referido decreto.
Por último, tendrán que cumplir con el programa Precios Justos o los acuerdos de precios para el mercado local que al respecto establezca la Secretaría de Comercio.
Fuentes: Economis.