Reinscripción anual de operadores yerbateros
El Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) recuerda que durante los meses de octubre y noviembre los operadores, a excepción de Productores, deben presentar ante este Instituto el formulario de reinscripción en la categoría que corresponda, e informar y acreditar toda otra situación que se haya modificado desde la anterior inscripción.
Así lo establece la Resolución 465/2017, donde además se detalla la fecha general para la reinscripción anual de los operadores (salvo Productores):
- Operadores con terminación de CUIT 0 – 1 – 2 – 3 – 4 – 5: último día hábil del mes de octubre de cada año;
Operadores con terminación de CUIT 6 – 7 – 8 – 9: último día hábil del mes de noviembre de cada año.
Todos los datos, los requisitos y documentación a presentar, pueden consultarse en la web del INYM.