Se reglamentó la Ley de Etiquetado Frontal de Alimentos y la yerba mate quedó excluida

El INYM junto al Gobierno de Misiones realizaron intensas gestiones ante la preocupación del sector yerbatero que había generado la sanción de la norma en octubre del año pasado.

 

El Gobierno Nacional publicó este miércoles 23 de marzo en el Boletín Oficial la Reglamentación de la Ley 27.642 de “Promoción de la Alimentación Saludable” que había sido sancionada por la Cámara de Diputados en octubre del año pasado y se confirmó la exclusión de la yerba mate.

La norma exige que todos los productos envasados lleven un esquema de etiquetado mediante un rombo negro que dé cuenta de la composición de los alimentos en caso que no sean saludables.

Este miércoles, el presidente y vicepresidente del INYM, Juan José Szychowski y Ricardo Maciel, recibieron una copia de los anexos que conforman la mencionada reglamentación de manos del secretario de Alimentos, Bioeconomía y Desarrollo Regional del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, Luis Gustavo Contigiani y del director del director de Agregado de Valor y Gestión de Calidad, Pablo Morón. También participó de la reunión el secretario de Relaciones Institucionales, Jorge Solmi.

“Esto lleva tranquilidad a todo el sector yerbatero, ya que la yerba mate quedó excluida porque se trata de un alimento sano y natural”, destacó Szychowski al cierre del encuentro que se desarrolló en Buenos Aires, en la sede de la cartera agraria nacional.

Cabe recordar que el tratamiento y posterior sanción de esta ley de rotulado había generado inquietud en la actividad yerbatera. Inmediatamente, el INYM reaccionó enviando una nota al titular del MAGyP destacando las características saludables del alimento yerba mate; en una acción que fue acompañada por el Gobierno de Misiones, logrando el compromiso de la exclusión al momento de la redacción del Decreto Reglamentario y sus anexos, como finalmente ocurrió.

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