Dónde voto: consultá el padrón para las elecciones del domingo 22 de octubre

Para saber dónde sufragas, es necesario ingresar tu nombre completo y Documento Nacional de Identidad. En Misiones hay 988.482 ciudadanos habilitados para votar. Los misioneros elegirán presidente, vicepresidente, cuatro diputados nacionales, tres senadores y un parlamentario del Mercosur

Este domingo 22 de octubre se celebrarán las elecciones generales en todo el país. En esta instancia, todos los ciudadanos argentinos a partir de los 16 años de edad tendrán el derecho de votar. De esta manera, elegirán presidente, diputados nacionales, senadores y parlamentarios del Mercosur. Para conocer si figuras en el padrón de la Cámara Nacional Electoral y el establecimiento, mesa y número de orden asignado para emitir tu voto, ingresa tus datos en el siguiente link https://www.padron.gov.ar/.

En la provincia hay 988.482 personas habilitadas a votar en las 2.879 mesas distribuidas en 454 centros de votación, que representan el 2,79% del padrón nacional. El voto es obligatorio, con excepción de los jóvenes de 16 y 17 años y los adultos mayores de 70. Los misioneros ya concurrieron a las urnas en las PASO el 13 de agosto. Mientras que el pasado 7 de mayo, participaron de los comicios para elegir cargos provinciales y municipales. Fue una de las 18 jurisdicciones que realizaron sus comicios en fechas diferentes a los nacionales.

¿Qué se va a elegir en las próximas elecciones?

En las elecciones generales del 22 de octubre se votará para presidente, vicepresidente, diputados y senadores para el Congreso de la Nación. Son 130 bancas de la Cámara Baja y 24 en el Senado las que se renuevan.

Recordá que para votar debés asistir a tu mesa con el último documento vigente, entre las 8:00 y las 18:00hs, horario de cierre de las mesas. Luego no será posible reabrirlas, ya que comienza el conteo de los votos.

¿Qué se vota en Misiones?

El 22 de octubre, Misiones elegirá un nuevo presidente, vicepresidente, representantes para el Parlasur, tres senadores y cuatro diputados nacionales para el Congreso de la Nación.

Documentos válidos para votar en las elecciones generales 2023

La Cámara Nacional Electoral detalló cuáles son los documentos válidos para votar en las elecciones generales de 2023:

Libreta cívica

Libreta de enrolamiento

Documento Nacional de Identidad (libreta verde y libreta celeste).

DNI tarjeta de la libreta celeste con leyenda “no válido para votar” y sin especificación de ejemplar.

DNI tarjeta

Se debe votar con el documento cívico que figura en el padrón electoral o con una versión posterior. Si se concurre a votar con un documento anterior al que consta en el padrón no se podrá emitir el voto. Además, el DNI en el celular no es válido para votar.

La Ley 26.774 habilita a los jóvenes de 16 y 17 años a participar de las elecciones nacionales.

Quiénes no tienen obligación de votar

El artículo 125 de la Ley de Ciudadanía argentina, incorporada en el Código Nacional Electoral, establece que los jóvenes menores de 18 y los mayores de 70, no estarán incluidos en el Registro de Infractores al Deber de Votar, en caso de no sufragar. Por eso, en estos casos, la emisión del voto es opcional y de no participar de las elecciones, su ausencia no necesita ser justificada.

En cambio, hay quienes están exceptuados de votar, pero sí deben justificar su ausencia. Estos son:

– Los jueces y sus auxiliares que por imperio de esta ley deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial.

– Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Esos electores se presentarán el día de la elección a la autoridad policial más próxima, la que extenderá una certificación escrita que acredite la comparecencia.

– Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional. En su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales. En ausencia de estos por médicos particulares. Los profesionales oficiales de referencia estarán obligados a responder, el día de los comicios, al requerimiento del elector enfermo o imposibilitado. Deberá concurrir a su domicilio para verificar esas circunstancias y entregarle el certificado correspondiente.

– El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En ese caso el empleador o su representante legal comunicará al Ministerio del Interior y Transporte la nómina respectiva con diez días de anticipación a la fecha de la elección, expenderá, por separado, la pertinente certificación.

Foto de portada por Lautaro Barrientos.

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